CONDICIONES GENERALES DE USO Y DEONTOLOGIA DE LA SECCIÓN "Enrédate Opinando"
Esta sección, como complemento de una página web especializada en temas relativos a la comarca, está pensado para tratar todo lo que sea afín a la misma. En consecuencia, no procede:
Insultar o acusar de delitos a personas o Instituciones
Del buen uso de la libertad de expresión depende la continuidad de este instrumento de comunicación que, por otro parte, se ha revelado muy útil para intercambiar información en todo lo relativo al ámbito provincial.
La aportación de artículos inadecuados supone una sobrecarga en la página general que a todos perjudica.
Por todo lo anterior, el equipo de redacción informa de las medidas que se toman de inmediato:
1º.- A partir de ahora, se conservará la Dirección IP del que envía el artículo.
2º.- Se reducirá el número de mensajes vivos a los últimos 200 aproximadamente. Así la página inicial se cargará más fácilmente.
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En caso de permanencia en el abuso por una minoría, se tomarían las siguientes medidas:
1º.- Suspensión cautelar por una semana.
2º.- De continuarse en la misma línea, desaparición del foro.
Se espera de todos los usuarios la serenidad y ponderación en sus opiniones que se supone a unos futuros notarios y registradores a los que la sociedad va a encomendar importantes funciones para cuyo desempeño dichas cualidades son esenciales.
Igualdad Rural no tiene obligación de controlar y no controla la utilización que los Usuarios hacen del Servicio. En particular, Igualdad Rural no garantiza que los Usuarios utilicen el Servicio de conformidad con estas Condiciones Generales, ni que lo hagan de forma diligente y prudente. Igualdad Rural tampoco tiene la obligación de verificar y no verifica la identidad de los Usuarios, ni la veracidad, vigencia, exhaustividad y/o autenticidad de los datos que los Usuarios proporcionan sobre sí mismos a otros Usuarios.
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La nueva Ley de Sociedad de la Información se pronuncia en el sentido de hacer depender la exención de responsabilidad de los prestadores de servicios del hecho de haber cubierto el agente ciertos niveles o requisitos de diligencia en la prestación de servicio contemplado. Dicho de otro modo: el legislador, en el marco de un sistema general de responsabilidad subjetiva o por culpa, concreta ex ante cuál es la diligencia exigible. Si el prestador del servicio ha desplegado los concretos deberes de diligencia que fija el legislador, no se le podrá exigir responsabilidad por los contenidos ajenos que haya alojado o almacenado. En caso contrario, esto es, si ha desatendido alguno de los deberes de diligencia fijados, no podrá beneficiarse de la exención. Esto último no determina de por sí la atribución de responsabilidad: supone simplemente que el prestador podría llegar a ser declarado responsable. Pero tal imputación no derivará simplemente del hecho negativo de no haber cumplido los requisitos para quedar exento, sino del dato positivo y previo de concurrir los elementos exigidos por el derecho común para atribuir la responsabilidad. Por tanto, la Ley únicamente determina unos casos en los que el prestador no será responsable por los contenidos ajenos, pero para nada indica en qué casos sí será responsable. En consonancia con ello, Igualdad Rural se compromete a realizar un filtro o censura previa de todos aquellos insultos, amenazas, injurias, calumnias, y demás actos delictivos que se puedan cometer, a fin de evitar su publicación en nuestra Sección.
A tal efecto, la propia Ley establece una exención en aquellos supuestos en que el servicio de la sociedad de la información consista en transmitir en una red de comunicaciones datos facilitados por el destinatario del servicio o en facilitar acceso a una red de comunicaciones. Así, el prestador del servicio no podrá ser considerado responsable de los datos transmitidos si ha cumplido con los requisitos cumulativos consistentes en: a) no haber originado él mismo la transmisión; b) no haber seleccionado al destinatario de la transmisión, y c) no haber seleccionado ni modificado los datos transmitidos. Igualdad Rural se compromete, estrictamente, a cumplir los términos legales de la Ley de Sociedad de la Información, a fin de no incurrir en responsabilidad de tipo alguno. Por tanto, a fin de actuar con la diligencia debida, en aquellos supuestos en los que cualquier sujeto, persona física o jurídica, pueda sentir vulnerado sus derechos fundamentales por algún tipo de información transmitida en esta sección, bastará con ponerse en comunicación con Igualdad Rural expresando la gravedad y el daño que le suponen estas afirmaciones, y Igualdad Rural se compromete a retirar cualquier tipo de información lesiva a los derechos e intereses de cualquier ciudadano.
Proyecto financiado por la orden 7 de mayo del 2002 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. Instituciones colaboradoras:
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